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Vuelve el Perro de Servicio

En realidad no vuelve el perro de servicio, pero si vuelvo yo con el tema sobre la legislación que se evalúa en el Capitolio de PR. El año pasado escribí varios artículos sobre lo que se proponía, y sobre mi opinión. No voy a tocar nuevamente lo pasado, por lo que los invito a que seleccionen la categoría “Advocacy” en este blog, y podrán encontrar fácilmente los distintos escritos. Luego de un año vuelvo a escuchar sobre el asunto, ya que un amigo me envió copia de un proyecto sustitutivo que se está evaluando en lugar de los tres proyectos que estaban circulando el año pasado.

Como noticia positiva, debo reconocer que muchos de mis reclamos que fueron presentados en la vista pública que participé fueron acogidos y forman parte del proyecto sustitutivo. Por ejemplo, ya no se incluye el asunto de la chapa para identificar al anima de servicio, lo que estaba en contra de la ley ADA ya que en ningún lugar me pueden pedir que presente identificación del animal de servicio. también se transfiere la creación del registro de entrenadores de animales de servicio de la Oficina del Procurador de Personas con Impedimentos, que era como estaba propuesto inicialmente, al Departamento de Asuntos del Consumidor, lo cual fue parte de mi ponencia ya que entiendo que el propósito es velar por la calidad de servicio que se presta a las personas que adquieran o desean adquirir un animal de servicio. Sin embargo, lo más importante es que se imponen multas a personas que pretendan obstruir el acceso de una persona con impedimentos acompañada por un animal de servicio en un lugar de acceso público. Esto es de gran beneficio ya que ahora la persona que viole la ley enfrenta la posibilidad de multa, e incluso de reclusión en cárcel.

El proyecto es muy bueno, pero tiene un problema que es algo nuevo que no había sido mencionado anteriormente. Este proyecto pretende ampliar el ámbito del mismo a un universo mayor, el cual no se limita a animales de servicio, pero crea un nuevo término llamado “Animal Dedicado”. Este término no es uno universal, y en la exposición de motivos del proyecto indica lo siguiente:

“P”r lo tanto, esta Ley, inicia re conceptualizando el término animal de servicio por animal dedicado, que puede incluir animales de servicio, animales de terapia, animales de soporte emocional y otras modalidades de animales entrenados para ser dedicados particularmente a una persona que así lo requiera por su condición de salud, sea cual fuere..”

Como se puede observar, se incluyen como animales dedicados a los animales de servicio, así como los de terapia, y los de compañía. Estos dos últimos no son reconocidos por la ley ADA como animales de servicio ya que no están entrenados para realizar una función específica para ayudar a una persona con impedimento, y de hecho, cuando leemos el artículo con las definiciones que aplican en la ley, la definición del animal dedicado es exactamente la definición de un animal de servicio, por lo que no entendemos la razón de incluir el termino de “Animal Dedicado”, el cual crearía confusión a personas que tienen animales de terapia y de compañía que no estarían cubiertos con relación a derechos que sólo aplican a animales de servicio. Si la razón para este término es para incluir el entrenamiento de animales de terapia y de compañía como parte del registro de los entrenadores, entonces la ley debe incluir la definición de animal de servicio para ser específico cuando se refiere al acceso a lugares públicos y transporte, y usar el término de “Animal Dedicado” sólo en lo relativo del entrenamiento, y aún así deben ser muy cuidadosos ya que en la actualidad este término no es uno con un significado universal, pero sí usado en el nombre de una compañía privada particular que existe en PR y que se dedica a entrenar animales de servicio, de terapia, de compañía y mascotas. usar este término se podría interpretar como si esta ley pretendiera patrocinar a esta compañía en particular, lo cual entiendo no es la intención del proyecto.

Estoy en el proceso de comunicarme con varios legisladores para plantear mi opinión de manera que finalmente se pueda aprobar durante la presente sesión legislativa que haga justicia a los usuarios presentes y futuros de animales de servicio en Puerto Rico.

Nota: El título de este artículo es como homenaje al famoso poema del Chavo del Ocho titulado “Vuelve el Perro Arrepentido”. ¿Lo recuerdan? Por si acaso, lo escribo a continuación:
Vuelve el perro arrepentido,
con las miradas tan tiernas,
con el hocico partido,
y con el rabo entre las piernas.

(Esa estrofa se repite 20 ó 30 veces)

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